BOCIO
Jurisdicciones
Nacional
- Ley 17259. Prevencion de la Endemia Bociosa.
- Decreto 4277/1967. Reglamentación de la ley 17.259.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- No se registran normas
Buenos Aires
- No se registran normas
Catamarca
- No se registran normas
Córdoba
- No se registran normas
Corrientes
- Ley 3669. Obligatoriedad del uso de sal enriquecida con yodo como profilaxis del bocio endémico.
Chaco
- No se registran normas
Chubut
- No se registran normas
Entre Ríos
- No se registran normas
Formosa
- No se registran normas
Jujuy
- No se registran normas
La Pampa
- No se registran normas
La Rioja
- Ley 5509. Instituto Provincial del Bocio y Nutrición del Departamento Chilecito
Mendoza
- Ley 2112. Uso de sal yodada como prevención del bocio endémico
Misiones
- Ley 198. Uso de sal yodada como prevención del bocio endémico
Neuquén
- Ley 504. Obligatoriedad del uso de sal enriquecida con yodo como profilaxis del bocio endémico.
Río Negro
- Decreto 425/1970. Adhiere a ley 17259/67 y su decreto reglamentario.
Salta
- Ley 4291. Obligatoriedad del uso de sal enriquecida con yodo como profilaxis del bocio endémico.
- Decreto Ley 191/1956. Instituto del Bocio.
San Juan
- No se registran normas
San Luis
- No se registran normas
Santa Cruz
- No se registran normas
Santa Fe
- No se registran normas
Santiago del Estero
- No se registran normas
Tierra del Fuego, AnTártida e Islas del Atlántico Sur
- No se registran normas
Tucumán
- No se registran normas