Boletín Legisalud - Resumen semanal - Comentarios
Ley 27279 - B.O. 11/10/2016.
Sumario: Producto Fitosanitarios. Alcances. Objetivos. Definiciones. Gestión Integral de Envases Vacíos de Fitosanitarios. Protección ambiental.

Comentario: La ley establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los envases vacíos de fitosanitarios, en virtud de la toxicidad del producto que contuvieron, requiriendo una gestión diferenciada y condicionada. La norma establece objetivos, brinda definiciones, instituye principios rectores y regula el Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Fitosanitarios, entre otros aspectos.
Norma(s) relacionada(s):
- Ley 25675, de 06 de noviembre de 2002.


Resolución (M.S.) 1693-E/2016 - B.O. 11/10/2016.
Sumario: Salud Pública. Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el Consumo Excesivo de Alcohol. Sustitución del artículo 3 de la Resolución Ministerial 1170 de fecha 1 de julio de 2010.

Comentario: Se sustituye el artículo 2 de la Resolución Ministerial 1170 de fecha 1 de julio de 2010. Consecuentemente, la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones de la Subsecretaría de Prevención y Control de Riesgo dependiente de la Secretaría de Promoción, Programas Sanitarios y Salud Comunitaria, tendrá a su cargo la coordinación de las acciones que demande el cumplimiento de los objetivos del Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el Consumo Excesivo de Alcohol.

CATAMARCA
Ley 5471 - B.O. 11/10/2016.
Sumario: Equipos de Salud. Colegio Profesional de Licenciados y Técnicos en Bromatología. Creación.

Comentario: Se crea el Colegio de Bromatólogos de la provincia de Catamarca y se establece que el ejercicio profesional de la Bromatología en todas sus ramas en la provincia de Catamarca, queda sujeto a las disposiciones de la Ley en comentario, normas de ética profesional y toda norma complementaria que al efecto se dicten por los órganos del Colegio de Bromatólogos. Además regula las funciones, atribuciones y deberes del ente no estatal, sus órganos de gobierno, el régimen electoral, el patrimonio, el gobierno de la matrícula, las incompatibilidades, obligaciones, derechos y prohibiciones de los matriculados, la ética profesional, el procedimiento disciplinario, etc.

CATAMARCA
Ley 5484 - B.O. 11/10/2016.
Sumario: Adhesión de la provincia de Catamarca a la Ley Nacional 27.130 denominada Ley Nacional de Prevención del Suicidio.

Comentario: La Provincia de Catamarca adhiere a la Ley Nacional 27.130, denominada Ley Nacional de Prevención del Suicidio, y declara de interés provincial, con carácter prioritario y dentro del marco de la política instrumentada por el Ministerio de Salud de la Nación, la prevención y control del suicidio.
Norma(s) relacionada(s):
- Ley 27.130, de 11 de marzo de 2015.


CHACO
Ley 7852 - B.O. 07/10/2016.
Sumario: Régimen de cuidador domiciliario y/o polivalente. Definición. Beneficiarios. Objetivos. Condiciones. Derechos. Obligaciones. Registro.

Comentario: Se establece el territorio de la Provincia del Chaco la creación del Régimen de Cuidadores Domiciliarios y/o Polivalentes destinado a lograr la profesionalización y jerarquización de la actividad mediante programas de capacitación y la creación de un registro, a los fines de que las personas adultas mayores, con discapacidades y/o que presenten patologías invalidantes o terminales, puedan alcanzar la más alta calidad de vida posible. Los beneficiarios directos del régimen son los adultos mayores y toda persona que sufra algún tipo de discapacidad o que presente patologías crónicas invalidantes o terminales, que se encuentren con familia o sin ella y que requieran asistencia para llevar adelante su vida habitual. Los beneficiarios indirectos serán los cuidadores domiciliarios y/o polivalentes y familiares de los pacientes. Asimismo, la norma fija los objetivos del sistema, prescribe las funciones básicas y específicas del cuidador domiciliario y/o polivalente, y regula las condiciones, derechos y obligaciones del mismo.

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