Boletín Legisalud - Resumen semanal - Comentarios
Resolución (M.S.) 2190-E/2016 - B.O. 13/12/2016.
Sumario: Programa Nacional de Reproducción Médicamente Asistida. Creación.

Comentario: Se crea el Programa Nacional de Reproducción Médicamente Asistida con dependencia directa de la Secretaría de Promoción, Programas Sanitarios y Salud Comunitaria. Tendrá, entre otros, los siguientes objetivos: a. Arbitrar las medidas necesarias para asegurar el derecho al acceso igualitario de todos los beneficiarios a las prácticas normadas por la ley 26.862, concordantes y modificatorias; b. Proveer el servicio de certificación y registro tendiente a tornar operativos los derechos reconocidos por el Código Civil y Comercial de la Nación, concordantes y modificatorias, a las personas nacidas por técnicas de reproducción humana asistida.

Resolución (M.S.) 2239-E/2016 - B.O. 15/12/2016.
Sumario: Actualización de aranceles referidos al transporte. Sistema de Prestaciones de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad. Modificación del Anexo I de la resolución 2001-E/2016 (M.S.).

Comentario: Se actualiza el valor del arancel referidos a transporte de personas con discapacidad, del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, con el incremento del DOCE Y MEDIO POR CIENTO (12,5%) a partir del mes de octubre del corriente año, y un segundo aumento del DOCE Y MEDIO POR CIENTO (12,5%) a implementar a partir del mes de marzo de 2017.

Resolución (M.S.) 2243-E/2016 - B.O. 16/12/2016.
Sumario: Red Federal de Rehabilitación. Creación.

Comentario: Se crea la Red Federal de Rehabilitación, bajo la dependencia de la Secretaría de Políticas, Regulación en Institutos, Subsecretaría de Gestión de Servicios Asistenciales, Dirección Nacional de Redes de Servicios de Salud..

Resolución 547/2016 (S.S.Sal.) - B.O. 16/12/2016.
Sumario: Programa para la Atención Integral de Personas con Diabetes Mellitus. Valor máximo mensual por beneficiario. Sustitución del artículo 4 de la resolución 1711/2014 (S.S.Sal.).

Comentario: Se sustituye el artículo 4 de la resolución 1711/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, por el siguiente: Artículo 4: Establézcase como valor máximo a reconocer la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($ 1.200) mensuales por beneficiario que ingrese al padrón de diabéticos condicionada a la efectiva transmisión de la información requerida por esta Superintendencia. Lo dispuesto presentemente regirá a partir del 1 de Septiembre de 2016.
Norma(s) relacionada(s):
- Resolución 1711, de 11 de diciembre de 2014.


BUENOS AIRES
Resolución Conjunta 2869/2016 (M.D.S.) y 2256/2016 (M.S.) - B.O. 13/12/2016.
Sumario: Creación del Subprograma de Externación de Salud Mental Bonaerense Asistida.

Comentario: Se crea como Subprograma del Programa Barrios Bonaerenses del Ministerio de Desarrollo Social, el Subprograma de Externación de Salud Mental Bonaerense Asistida -SUPEBA-, destinado a los pacientes en situación de pre-alta y alta médica, que se encuentren realizando tratamiento ambulatorio bajo prescripción médica de los Hospitales o Centros de Salud de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de colaborar y promover de manera ágil y eficiente el acceso a la educación, a la vivienda con fines habitacionales, a la protección de la salud, la búsqueda de empleo y la reinserción sociocultural de los mismos, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

CABA
Ley 5670 - B.O. 13/12/2016.
Sumario: Establecimientos para personas mayores. Regulación.

Comentario: La norma regula la actividad de los Establecimientos para personas mayores que brindan prestaciones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La citada ley define qué se entiende como establecimiento para personas mayores, estipula los derechos de los alojados y concurrentes, y establece la creación de un Registro único y Obligatorio de Establecimientos para personas mayores de acceso público y gratuito, entre otras cuestiones.

CORDOBA
Ley 10393 - B.O. 15/12/2016.
Sumario: Régimen de Ejercicio de las Profesiones y Actividades relacionadas con la Salud Humana. Regulación del ejercicio de la profesión denominada Acompañante Terapéutico.

Comentario: La norma regula el ejercicio de la profesión del acompañante terapéutico. Define que se entiende por acompañante terapéutico, los alcances de la profesión, loa requisitos que se deben cumplir para poder ejercer legalmente la misma, las diferentes modalidades de su ejercicio y los deberes y derechos, entre otras cuestiones. Por último, cabe destacar que se incluye a la profesión de Acompañante Terapéutico entre las prestaciones ofrecidas por la Administración Provincial del Seguro de Salud (APROSS), y se invita a las demás obras sociales actuantes en la Provincia de Córdoba y programas nacionales a adherirse a esa disposición.


Ley 10404 - B.O. 13/12/2016.
Sumario: Equipos de Salud. Colegio de Licenciados y Técnico en Química e Industrias de la Alimentación de la Provincia de Córdoba. Modificación de la Ley 9553.

Comentario: La norma establece el régimen legal aplicable a la actividad profesional de Licenciados y Técnicos en Química e Industrias de la Alimentación cuyo titular pretenda ejercer en la jurisdicción de la Provincia de Córdoba.

CHACO
Ley 7913 - B.O. 12/12/2016.
Sumario: Personas trans. Procedimiento de visu médico y requisas.

Comentario: La norma establece el procedimiento de visu médico y requisas de personas trans en el ámbito del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social de la Policía de la Provincia del Chaco, con la finalidad de asegurar y garantizar el trato digno, resguardando la privacidad, intimidad y confidencialidad de la persona y en lugar acondicionado a tal fin.

SANTA FE
Decreto 4191/2016 - B.O. 13/12/2016.
Sumario: Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas o en Lista de Espera para ser trasplantadas. Reglamentación de la Ley 13397.

Comentario: El citado decreto aprueba la reglamentación de la Ley 13397.
Norma(s) relacionada(s):
- Ley 13397, de 28 de noviembre de 2013.



Ley 13602 - B.O. 15/12/2016.
Sumario: Incorporación de medicamentos a base de cannabis en Formulario Terapéutico Provincial.

Comentario: A través de la norma se incorpora al Sistema de Salud Pública Provincial de los medicamentos a base de cannabis y formas farmacéuticas derivadas. A su vez, la ley incorpora al listado del Formulario Terapéutico Provincial, los medicamentos a base de cannabis y formas farmacéuticas derivadas, de utilización obligatoria para la atención en los establecimientos médico asistenciales dependientes del Ministerio de Salud y en el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS), para el tratamiento de síndromes, trastornos, enfermedades poco frecuentes, patologías como epilepsias, cáncer, dolores crónicos, fibromialgia, glaucoma, esclerosis múltiple, tratamiento del dolor, estrés postraumático y toda otra condición de salud, existente o futura, que la autoridad de aplicación de la ley considere conveniente. Desde el punto de vista prestacional la norma establece la obligatoriedad para el del Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) de incluir en su cobertura integral, los medicamentos a base de cannabis y formas farmacéuticas derivadas, sin costo alguno para sus afiliados que así lo requieran y deberá gestionar todos los trámites necesarios ante los organismos públicos intervinientes. Asimismo, el Ministerio de Salud, a través de los organismos pertinentes, promoverá estudios e investigaciones clínicas relacionadas con el uso del cannabis con fines terapéuticos, con la finalidad de profundizar conocimientos y crear nuevos saberes sobre su uso.


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