Boletín Legisalud - Resumen semanal - Comentarios
Disposición 3827/2018 - B.O. 23/04/2018.
Sumario: Guía de Buenas Prácticas de Fabricación para Elaboradores, Importadores/Exportadores de Medicamentos de Uso Humano. Modificación de la Disposición 3602/18.

Comentario: Se sustituye el Anexo mencionado en el artículo 1 de la Disposición ANMAT 3602/18 que aprobó la Guía de Buenas Prácticas de Fabricación para Elaboradores, Importadores/Exportadores de Medicamentos de Uso Humano.

SAN LUIS
Ley III-0990/2018 - B.O. 25/04/2018.
Sumario: Sistema de Inclusión y Abordaje Integral de Personas con Trastornos de Espectro Autista (TEA).

Comentario: El Sistema de abordaje integral tiene como fin garantizar, principalmente: a) La detección precoz de Trastornos de Espectro Autista (TEA), su diagnóstico según protocolo unificado en la Provincia; b) Atención interdisciplinaria en el marco de procesos de habilitación y rehabilitación a fin de asegurar su derecho a desempeñar un rol social digno, que les permita integrarse activamente a la comunidad; c) Inclusión educativa con los apoyos necesarios; d) Acompañamiento y apoyo a la familia; e) Garantizar los apoyos para el ejercicio de la autonomía en la vida adulta; f) Educación y capacitación para su eventual formación profesional e inserción laboral.

BUENOS AIRES
Decreto 337/2018 - B.O. 24/04/2018.
Sumario: Estructura orgánico funcional del Ministerio de Salud.

Comentario: Establece que dentro del plazo de ciento ochenta (180) días desde la vigencia del presente, el titular del Ministerio de Salud, deberá efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico funcional, como así también arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura orgánico funcional aprobada por el presente, previa intervención de los organismos y dependencias competentes.

CORDOBA
Ley 10533 - B.O. 26/04/2018.
Sumario: Programa Salas Cuna.

Comentario: El Programa Salas Cuna tiene por objeto: a) contribuir al desarrollo biopsicosocial de las niñas y niños desde los cuarenta y cinco días a los tres años de edad inclusive, promoviendo su estimulación temprana para garantizar el desarrollo de todo su potencial durante su primera infancia; b) brindar a la madre o adulto responsable de la crianza de niñas y niños, un ámbito para su cuidado y contención mientras trabaja o estudia, contribuyendo así a su inserción social y laboral.


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