LEY FACIL EN SALUD

Cáncer


Ley 15.766

El cáncer es un proceso de crecimiento y diseminación incontrolados de células, pudiendo aparecer prácticamente en cualquier lugar del cuerpo, el cual forma tumores en el cuerpo de la persona que lo padece. Estos pueden ser benignos o malignos y sólo los últimos son cancerosos.

Conocé otras leyes sobre el tema
  • Ley 23.611: Prevención del cáncer, los lindones, las leucemias y demás enfermedades neoproliferativas malignas.
  • Ley 26.606: Mes Nacional de Concientización sobre el Cáncer de Mama.
  • Ley 26.803: Día Nacional para la Lucha contra el Cáncer Infantil.
  • Ley 27.285: Instituto Nacional del Cáncer. Objetivos, acciones, estructura y organización.

Las obras sociales tienen a su cargo con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas antes mencionadas.

Respecto a la atención psiquiátrica de las personas con discapacidad, tu obra social debe cubrirte la asistencia de los trastornos mentales, agudos o crónicos, ya sean éstos la única causa de discapacidad o surjan en el curso de otras enfermedades discapacitantes, como complicación de las mismas y por lo tanto interfieran los planes de rehabilitación.

También tenes garantizada la asistencia psiquiátrica ambulatoria y la atención en internaciones transitorias para cuadros agudos, procurando para situaciones de cronicidad, tratamientos integrales, psicofísicos y sociales, que aseguren su rehabilitación e inserción social.

También te deben cubrir el costo total de los tratamientos prolongados, ya sean psicofarmacológicos o de otras formas terapéuticas.

¿Cuáles son los factores de riesgo?
  • consumo de tabaco y de alcohol.
  • mala alimentación .
  • inactividad física.
  • algunas enfermedades no transmisibles.
  • algunas infecciones crónicas (especialmente las causadas por Helicobacter pylori, los papilomavirus humanos, los virus de la hepatitis B y de la hepatitis C y el virus de Epstein-Barr3).
  • los virus de la hepatitis B y de la hepatitis C y algunos tipos de papilomavirus humanos.
  • la infección por el VIH.
¿Se puede prevenir?

Si. Para prevenir el cáncer se pueden adoptar las siguientes medidas:

  • evitar en lo posible los factores de riesgo
  • vacunarse contra los papilomavirus humanos y contra el virus de la hepatitis B;
  • controlar los riesgos profesionales;
  • reducir la exposición a la radiación solar no ionizante (ultravioleta);
  • reducir la exposición a la radiación ionizante (por motivos profesionales o durante la realización de pruebas de diagnóstico por la imagen).
Soy paciente oncológico: ¿mi obra social o prepaga debe cubrirme el tratamiento?

Si. Una vez diagnosticada la enfermedad, tu obra social o prepaga debe cubrirte al 100% el tratamiento, el cual incluye no solo la medicación sino también los estudios que te vaya indicando tu médico tratante.

Mi obra social o prepaga no cumple con las prestaciones que necesito o lo hace pero de modo irregular ¿cómo puedo hacer el reclamo?

Acercate a la Superintendencia de Servicios de Salud y completá el Formulario que ellos te van a dar y presentá los documentos requeridos. Ellos se encargarán de trasladar el reclamo a tu obra social o prepaga, quien debe resolver sobre el tema en un plazo de 15 días para trámites normales y 5 días en situaciones especiales.


Superintendencia de Servicios de Salud


Importante

El Instituto Nacional del Cáncer es un ente dependiente del Ministerio de Salud de la Nación. Fue creado en el año 2010 por el Decreto Presidencial 1286/10.
Es el responsable del desarrollo e implementación de políticas de salud, así como de la coordinación de acciones integradas para la prevención y control del cáncer.
Su principal objetivo es disminuir la incidencia y mortalidad por cáncer en Argentina, a la vez que mejorar la calidad de vida de las personas afectadas.


Más legislación acá:

http://www.legisalud.gov.ar/atlas/categorias/cancer.html


Normativa

Ley 15.766


Fuente

http://www.msal.gov.ar/inc/