Consentimiento Informado
Ley 26.529
Caracterización
¿Qué es el consentimiento informado?
Después de que el médico te explica claramente cuál es el tratamiento recomendado, sus beneficios y sus riesgos, te pregunta si lo querés aceptar. Esa aceptación se llama consentimiento informado. Podés hacer todas las preguntas que quieras al médico antes de dar tu consentimiento para un tratamiento o intervención médica.
Excepciones
Sólo en casos excepcionales los médicos pueden atenderte sin tu consentimiento. Eso puede pasar cuando:
- Existe grave peligro para la salud pública.
- Está en grave peligro tu salud o tu vida y no podés dar tu consentimiento ni lo pueden dar tus representantes legales.
Representación
¿Qué pasa si el paciente no se encuentra en condiciones de tomar decisiones?
El consentimiento lo presta otra persona en su representación.
Forma
El consentimiento informado ¿debe darse por escrito?
En general no. Sólo debe hacerse por escrito cuando se trata de operaciones, internaciones y tratamientos invasivos o riesgosos.
Negativa
¿Puedo negarme a recibir un tratamiento?
Sí. Siempre podés negarte a recibir un tratamiento médico. Nadie puede obligarte a dar explicaciones por eso.
Enfermedad terminal
¿Puedo rechazar tratamientos que prolongan la vida artificialmente?
Sí. En caso de tener una enfermedad irreversible, incurable o en estadío terminal, tenés derecho a negarte a que te alimenten, te hidraten, o te reanimen si esos procedimientos producen mucho sufrimiento y no sirven para que tu salud mejore. También tenés derecho a pedir que te retiren las medidas de soporte vital si no sirven para que tu salud mejore.
¿Puedo decidir no recibir determinados tratamientos?
Sí. Toda persona mayor de edad puede dejar por escrito que acepta o rechaza determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos. Podés cambiar de opinión en cualquier momento.
Si tengo una enfermedad terminal ¿puedo recibir los cuidados necesarios para no sufrir?
Sí. Se llaman cuidados paliativos. Son las atenciones y tratamientos que se dan a los enfermos terminales para mejorar su calidad de vida y evitar el dolor. Tenés derecho a recibirlos.
Más legislación acá:
http://leg.msal.gov.ar/atlas/categorias/consentimiento.html