LEY FACIL EN SALUD

Diabetes


Ley 23.753

La diabetes es una enfermedad crónica que se caracteriza por presentar niveles aumentados de azúcar en sangre (glucemia) y puede dañar las arterias y algunos órganos.

¿Cómo se puede prevenir?

Para la diabetes tipo 1 no existe ningún método eficaz por el momento.

En cambio, está comprobado que la de tipo 2, que es la que aparece con más frecuencia, al estar relacionada con la obesidad se puede tratar de evitar en gran medida adoptando unos hábitos de vida saludables:

  • Aumentar el consumo de frutas y hortalizas.
  • Evitar los alimentos con alto contenido en sodio (fiambres, embutidos, aderezos, productos de copetín, quesos, etc.).
  • Cocinar sin agregar sal. Reemplazarla por perejil, albahaca, tomillo, romero y otros condimentos. .
  • Realizar 6 comidas diarias: 4 principales y 2 colaciones
  • Consumir carnes rojas o blancas (pollo o pescado) no más de 5 veces por semana.
  • Cuidar el cuerpo y evitar el sobrepeso.
  • Sumar al menos 30 minutos diarios de actividad física de manera continua o acumulada: usar escaleras en lugar del ascensor, caminar, bailar, etc.
  • Mantener un peso adecuado. .
  • Y muy importante, no fumar. Incluso pocos cigarrillos por día son muy dañinos para las arterias, en especial para las personas con diabetes.
¿Cuáles son los factores de riesgo?
  • Tener más de 45 años
  • Padres o hermanos con diabetes
  • Obesidad o sobrepeso
  • Hipertensión arterial
  • Enfermedad cardiovascular .
  • Colesterol elevado
  • Diabetes durante el embarazo
  • Mujeres con hijos nacidos con peso mayor a 4,5 Kg.
¿Cuáles son los síntomas?

Un nivel alto de azúcar en la sangre puede causar diversos síntomas:

  • Visión borrosa.
  • Sed excesiva
  • Fatiga
  • Orina frecuente
  • Hambre
  • Pérdida de peso

Debido a que la diabetes tipo 2 se desarrolla lentamente, algunas personas con el nivel alto de azúcar en la sangre no presentan síntomas.

Los síntomas de la diabetes tipo 1 se desarrollan en un período de tiempo corto. Las personas pueden estar muy enfermas para el momento del diagnóstico.

Soy paciente diabético: ¿mi obra social o prepaga debe cubrirme el tratamiento?

La cobertura de los medicamentos y reactivos de diagnóstico para autocontrol de los pacientes con diabetes, es del 100% y en las cantidades necesarias según prescripción médica.

Para acceder a estos beneficios, tenés que acreditar tu enfermedad mediante certificación médica de un hospital público de la condición de paciente diabético.

Importante

Por ley, La diabetes no puede ser causal de impedimento para el ingreso laboral, tanto en el ámbito público, como en el privado.
En ese caso, la ley considera que se está realizando un acto discriminatorio y podes hacer la denuncia en el INADI, entrá acá para saber más: http://www.inadi.gob.ar/.

Mi obra social o prepaga no cumple con las prestaciones que necesito o lo hace pero de modo irregular: ¿cómo puedo hacer el reclamo?

Acercate a la Superintendencia de Servicios de Salud y completá el Formulario que ellos te van a dar y presentá los documentos requeridos. Ellos se encargarán de trasladar el reclamo a tu obra social o prepaga, quien debe resolver sobre el tema en un plazo de 15 días para trámites normales y 5 días en situaciones especiales.

Superintendencia de Servicios de Salud


Más legislación acá:

http://www.legisalud.gov.ar/atlas/categorias/diabetes.html


Normativa

Ley 23.753


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