Profilaxis Ocular
Ley 13.586
La profilaxis ocular es la administración de gotas oftálmicas, que contienen antibióticos y que se colocan en los ojos del recién nacido.
¿Para qué se realiza éste procedimiento en el bebe y que enfermedades previene?
Este procedimiento se realiza para evitar la conjuntivitis del recién nacido, la cual es una hinchazón o infección de la membrana que recubre los párpados y cubre la parte blanca del ojo.
Las bacterias que normalmente viven en la vagina de una mujer se pueden transmitir al bebé durante el nacimiento.
Lo siguiente puede causar un daño más grave al ojo:
- Gonorrea y clamidia: estas son infecciones que se diseminan a través del contacto sexual.
- Los virus que causan el herpes genital y oral: estos pueden llevar a un daño grave en el ojo. Las infecciones oculares con herpes son menos comunes que aquellas causadas por la gonorrea y la clamidia.
- La madre puede no tener síntomas al momento del parto, pero aun puede portar bacterias o virus que pueden causar este problema.
¿Cuáles son las posibles complicaciones de la conjuntivitis neonatal?
Las complicaciones que pueden sufrir los bebes incluyen:
- Ceguera
- Inflamación del iris
- Perforación o cicatriz en la córnea, la estructura transparente que está sobre la parte coloreada del ojo (el iris)
¿Cuáles son las obligaciones del Estado Nacional frente a ésta problemática?
La Ley 13.586 declaró la obligatoriedad de la instilación profiláctica ocular a los recién nacidos por el método que, a juicio del Ministerio de Salud Pública de la Nación, se considere más conveniente.
El profesional que atienda el parto debe extender un comprobante de la realización de éste procedimiento a los fines de la inscripción del recién nacido en el Registro Civil.
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Normativa
Fuente
http://files.sld.cu/sida/files/2016/06/manejo-de-its_spa.pdf